CFDs sobre acciones y el cobro de dividendos
Publicado por Merlina - 04/10/09 a las 02:10:17 pm
Hoy vamos a analizar el tratamiento del reparto de dividendos en los casos de que los inversores sean tenedores de contratos por diferencia (CFDs) sobre acciones.
Como ya hemos expuesto anteriormente los CFDs pueden replicar sobre una gran variedad de activos financieros, entre ellos las acciones cotizadas en el mercado bursátil.
La posibilidad de utilizar los CFDs tanto en posiciones largas o compradoras y cortas o vendedora posibilita al inversor vender o comprar las acciones de forma muy fácil ya que no se tiene la propiedad de los títulos pero se tienen sus beneficios. Esta operatoria permite obtener rentabilidad tanto en mercados alcistas como bajistas.
El inversor que posee Contratos por Diferencia (CFDs) sobre acciones tiene, prácticamente, los mismos derechos en cuanto al reparto de dividendos que el inversor que posee físicamente las acciones. En cuanto a los derechos políticos que otorgan los títulos, es decir, principalmente el derecho a voto en las juntas de accionistas de las sociedades en las que ha invertido, el inversor en CFDs, al no poseer el título físicamente no podrá hacer efectivo su voto en dichas reuniones de la sociedad emisora.
El inversor de contratos por diferencias recibirá los dividendos que proporcionalmente le correspondan y los derechos de ampliación preferente cuando la sociedad procede a ampliar capital, siempre que se haya posicionado a la compra o en posiciones largas. Si por el contrario, el inversor mantiene una posición corta o vendida, devengará el proporcional del importe total del dividendo repartido por la sociedad.
En resumen, en cuanto a los derechos económicos el inversor en Contratos por Diferencia sobre acciones se beneficia respecto del pago de dividendos y ampliaciones de capital, de la misma manera que el inversor directo en acciones solo para aquellas operaciones compradoras (posiciones largas). Si por el contrario optó por las posiciones vendedoras (cortas), se le descontará por acción aquella cantidad correspondiente al dividendo.





